La Audiencia de Sevilla falla a favor de una empresa compradora de vivienda sobre plano nunca entregada.

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La Audiencia Provincial de Sevilla vuelve a dar la razón a nuestro cliente, una empresa compradora de vivienda nueva fallida al que no le entregaron el inmueble ni le devolvieron su dinero y obliga al Banco Santander a devolverle más de 44.700€, más los intereses legales desde la interposición de la vivienda.

Con esta sentencia, el tribunal da un paso más en la doctrina sobre los compradores de vivienda nueva sobre plano cuando estos son personas jurídicas. El Banco Santander ya había sido condenado por el Juzgado de Primera Instancia nº15 de Sevilla, que emitió en marzo de este año un fallo pionero al obligar a un banco a devolver el dinero anticipado por una persona jurídica, y no un particular, en la compra de una vivienda sobre plano.

La vivienda había sido comprada a la promotora Área de Promociones Inmobiliarias de Andalucía, S.L que entró en concurso de acreedores, y formaba parte de la promoción de la C/ Velázquez nº 17, Dos Hermanas (Sevilla).

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