¿Sigue usted pagando la misma cuota todos los meses aún cuando se ha producido la revisión de su hipoteca? ¿En su contrato no aparece el término “cláusula suelo” por ningún lado pero su cuota nunca baja? Más de tres millones de créditos hipotecarios están afectados por la cláusula suelo y el suyo, probablemente, sea una de ellos.
La cláusula suelo establece una cantidad mínima a pagar en las cuotas de la hipoteca aunque los intereses que se acordaron con el banco y que, generalmente se referencian en el euríbor, estén, como ocurre ahora, muy por debajo.
Si usted no lo sabía, si no había sido informado con claridad cuando se escrituró el préstamo, si el término no aparece en el contrato de la hipoteca, si no hay una cláusula techo o la hay pero completamente desproporcionada, es más que probable que pueda conseguir que se anule esta cláusula suelo y que le devuelvan parte del dinero que ha abonado de más.
Eso sí, en la gran mayoría de los casos, los bancos cuando anulan la aplicación de la cláusula suelo no devuelven por iniciativa propia las cantidades cobradas indebidamente salvo que exista una sentencia, por lo que es aconsejable que recurra a sus abogados antes de pactar cualquier cambio de condiciones o rebajas con la entidad financiera o de firmar cualquier documento porque, sin saberlo, puede estar renunciando a la retroactividad.
A día de hoy, en una amplísima mayoría de los casos, los tribunales están declarando nulas las cláusulas suelo de las hipotecas, lo que implica no sólo que el banco tenga que dejar de aplicarla- lo que en un préstamo medio podría suponer un ahorro de entre 1.500 y 1.800 euros anuales-, sino también que la entidad financiera tenga que devolver las cantidades abonadas de más, desde el 9 de mayo de 2013, lo que supone la devolución de un promedio de unos 4.500 euros.
Además, si el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea se pronuncia a favor del informe presentado por los abogados a la Comisión Europea, usted también podría recuperar todas las cantidades abonadas de más desde el momento en que firmó el contrato. De hecho, en Juzgados de Primera Instancia ya se han dictado las primeras sentencias inspiradas en los principios de la Unión Europea, obligando a las entidades financieras a devolver las cantidades indebidamente cobradas desde la constitución del préstamo.
Si quiere asegurarse de que no está pagando de más, llámenos y le asesoraremos.