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Los WhatsApp se han convertido en un medio probatorio habitual en los tribunales, especialmente en el ámbito del derecho de familia, y junto a él proliferan los mensajes de texto sms, los correos electrónicos, los mensajes en redes sociales y , en definitiva, diferentes medios digitales. Por su relevancia, te contamos lo que debes saber sobre el valor de un WhatsApp en un divorcio.
- La propiedad del contenido de un whatsapp no es de quien escribe el mensaje, sino de quien lo recibe que puede ser una única persona, un grupo o una red.
Por eso, los derechos que protegen el contenido de un whatsapp son el derecho a la intimidad, a la imagen, etc. pero no el secreto de comunicaciones que hace más bien referencia al proceso de la comunicación (ej: pinchar un teléfono).
- Los whatsApp son considerados legalmente como documentos privados y pueden ser utilizados como prueba en un juicio si la otra parte no los impugna. En caso de que lo hiciera, habrá que demostrar la autenticidad del mensaje.
- Se considera que los whatsapp pueden ser fácilmente manipulables y de ahí que, como ocurre con otros muchos medios digitales, se suela exigir su acreditamiento a través, por ejemplo, de actas notariales, peritajes informáticos, etc.
- En procesos de divorcio o procedimientos de custodia, el Tribunal Supremo señala que, para considerar válidos los mensajes de whatsapp, es necesario acompañarlos de un informe pericial.
- El informe pericial realizado por el informático deberá identificar el verdadero origen de la comunicación, la identidad de los interlocutores y la integridad del contenido. Esto es extensivo a otros medios digitales como los correos electrónicos, los SMS o los mensajes en redes sociales.
- La transcendencia probatoria de un whatsapp varía en cada caso, pero ya hay numerosas sentencias que lo han aceptado como única prueba junto a las declaraciones de las partes.