El Juzgado 10 bis de Sevilla, ha condenado a BBVA a pagar los gastos generados por la formalización de un préstamo. En la parte principal del fallo, y en contra de lo defendido por el Banco, manifiesta que en materia de nulidad de condiciones generales de la contratación, la acción no está sujeta a plazo de caducidad alguno, puesto que la acción declarativa es imprescriptible.
El Letrado Fernando Salmerón, director del Bufete Salmerón que ha conseguido tal sentencia, entiende que podría aplicarse a antiguos préstamos ya amortizados y cancelados, y por ello son decenas de miles de afectados los que pueden beneficiarse de dicha posición jurisprudencial, y no sólo a gastos, sino a reclamación de claúsulas suelo y otros productos financieros abusivos.